El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el proyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, en el que se incluye una polémica medida sobre el control de los contenidos de Internet. Los representantes de la comunidad internauta denuncian el ostracismo del Gobierno a la hora de informar sobre el texto definitivo, y la ambigüedad de los artículos que sí han trascendido al ámbito público. Según la Asociación de Internautas, la falta de concreción deja la puerta abierta a que entidades gestoras como la SGAE defiendan su papel como censoras de la Red.
La polémica está servida. La Ley de Medidas de Impulso a la Sociedad de la Información, que se enmarca en el conjunto de medidas que constituyen el Plan 2006-2010 para el desarrollo de la Sociedad de la información y de convergencia con Europa y entre las Comunidades y Ciudades Autónomas (Plan Avanza), incluye un artículo “que no deja nada claro quienes son las órganos competentes para cerrar páginas web”, según Ofelia Tejerina, abogada del defensor del internauta, de la Asociación de Internautas.
El texto que se puede consultar en la página web del Ministerio de Industria, en la que se ha publicado información referente al texto aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes, apunta que “la autorización de la restricción de páginas de Internet, cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en el artículo 20 de la Constitución, sólo podrá ser ejercida por los órganos jurisdiccionales competentes”.
Desde el punto de vista de la Asociación de Internautas, la ambigüedad de este artículo provocará muchos problemas ya que cualquier entidad podrá intentar cerrar una página web demostrando que tiene competencia para ello. Esto podría desembocar en multitud de procesos judiciales en que los supuestos órganos competentes y los propietarios de las páginas web afectadas se enfrenten para establecer si el bloqueo de esos contenidos es lícito o no.
Las entidades gestoras serán las más beneficiadas
No está confirmado, pero fuentes consultadas por Noticias.com aseguran que el texto aprobado el pasado viernes no incluye el polémico artículo 17 en el que se “obliga a los prestadores de servicios, a bloquear o deshabilitar los contenidos presuntamente ilícitos a petición de la SGAE y entidades análogas”, según denunciaron diversas entidades de usuarios de Internet. Esta presunta victoria de las agrupaciones de usuarios no ha conseguido acabar, sin embargo, con el posible trato de favor del gobierno a estas entidades gestoras de derechos de autor, que según el nuevo texto seguirían teniendo las puertas abiertas a convertirse en censores de la red.
Según Tejerina, “las entidades gestoras de derechos de autor son órganos competentes para velar por la protección de los derechos de propiedad intelectual, y nada más. Esa función respecto a los contenidos de Internet no está totalmente delimitada en la normativa española, y a eso es a lo que se querían agarrar para convertirse en órganos jurisdiccionales capaces de cerrar páginas web”.
Si la ambigüedad de la nueva Ley se ha introducido para favorecer deliberadamente a las entidades gestoras, o porque todavía no se ha llegado a un acuerdo sobre quién serán los órganos competentes, es una incógnita que tan sólo el gobierno podrá aclarar. De momento, sin embargo, se auguran todo tipo de especulaciones.
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